DELEGADO
TERRITORIAL
EN ZAMORA
DE LA
JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN
FRANCISCO
MOLINA MARTINEZ, Diputado Provincial de
Zamora en representación de IZQUIERDA UNIDA se dirige a usted para hacerle las
siguientes
PREGUNTAS
ANTECEDENTES
Supongo
usted tendrá conocimiento de que hay quejas en Mellanes (Ayuntamiento de Rabanales) que se han
plasmado en el escrito que sigue:
En Mellanes a 25 de abril de 2015
Vecinos y propietarios de la
localidad de Mellanes (Zamora) ante la situación de daños y perjuicios e indefensión que sufrimos como
consecuencia de la actividad que viene desarrollándose desde el comienzo de
este año 2015 en la llamada “Cantera” de Mellanes, sita en terrenos de
propiedad municipal, en el paraje de “La Solana”, ponemos en conocimiento de
la Autoridad los siguientes hechos por considerar que pudieran ser contrarios a las leyes vigentes, tanto en
materia de protección de la Naturaleza y del Medio Ambiente como
específicamente la Ley de Protección de las Vías Pecuarias ,Ley 3/1995 de 23
marzo de vías pecuarias, así como cuestión de Normativa de Seguridad.
Hechos:
1-Construcción de una
edificación y de una plataforma de hormigón dentro de la Cañada.
2-Invasión y ocupación de la
vía pecuaria en la actividad cotidiana de la empresa con el uso de maquinaria
pesada y el transporte de piedra por la cañada hasta la carretera comarcal
que sale hacia el norte a Gallegos del Río y
hacia el Sur a la N122.
3- Contaminación del aire con
grandes cantidades de polvo procedente de la piedra machacada a cielo
abierto, que se viene a depositar en varios kms. a la redonda afectando a la
salud humana y a la salud animal y con daños a la flora y fauna silvestre y a
todas las actividades propias del núcleo rural como la agricultura, la
ganadería, la apicultura y la actividad micológica.
4- Contaminación de las aguas
por los lodos procedentes de la actividad denunciada.
5-Contaminación acústica
producida por el ruido y las vibraciones de las máquinas machacadoras y la
maquinaria pesada y de transporte que se utilizan.
6-Graves daños para el
desarrollo de la actividad cinegética , tanto de caza mayor como caza menor,
con el correspondiente perjuicio para la asociación de cazadores.
7-Ausencia absoluta de medidas
de seguridad en cuanto a la restricción y delimitación del área de actividad
de la empresa, con el consiguiente peligro para las personas y para la
ganadería así como para la fauna silvestre.
Todo esto parece deberse a que una empresa pizarrera ahora explota
también una gravera.
Pues bien ante todo esto se
pregunta:
¿Dicha empresa pizarrera solicitó el cambio de explotación para la
extracción de piedras-pizarras a gravera?
¿Tiene dicha empresa actualmente las dos licencias, una para
extracción de piedras y otra para extracción de áridos?
¿Se dieron los pasos pertinentes para la concesión presunta de esta
segunda actividad?
¿Cambio
de actividad la empresa de la Cantera sin comunicarlo?
|
Si quiere una comunicación
más fluida puede dirigirse a mí a través de email en el correo
pacomolinasss@hotmail.com
Por
lo demás reciba un saludo
.
Zamora a 15
de Mayo del
2015
FRANCISCO MOLINA MARTÍNEZ
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