EL PP VOTÓ EN CONTRA DE ESTA PROPUESTA
MOCION IU
ANTEPROYECTO DE MODIFICACION
DELA LEY DE BASES DE REGIMEN LOCAL
DON FRACISCO MOLINA MARTÍNEZ portavoz
de IU en l Diputación, viene a formular para su aprobación la siguiente
MOCION de Urgencia, que tiene su
fundamento en la siguiente
EXPOSICION DE
MOTIVOS
El
gobierno del PP dentro del marco de “reformas” que ha decidido emprender ha
presentado un anteproyecto de modificación de la Ley de Bases de Régimen Local
que afecta a 14 de sus artículos bajo el
argumento de la necesidad de adecuar esta ley a la recién aprobada Ley de
estabilidad presupuestaria.
Antes
de entrar a valorar el contenido de la propuesta de reforma presentada merece
la pena recordar que desde el conjunto del municipalismo español se viene
exigiendo desde hace mucho tiempo la reforma de la Ley de Bases de régimen
local de 1985 por considerar que la misma en algunos de sus aspectos había
quedado obsoleta y que era necesario abordar con seriedad la nueva legislación
teniendo en cuenta la nueva realidad municipal, la experiencia de gestión
adquirida en estos mas de 35 años y la
necesidad de dar cumplimiento al principio de suficiencia financiera local .
Desde
IU hemos defendido contundentemente en los últimos años la necesidad de abordar
las necesidades municipales garantizando el principio de autonomía local,
reconociendo a los ayuntamientos su papel como parte del Estado, su autonomía
política y su capacidad de gestión, y
hemos exigido una profunda reforma del sistema de financiación de los
entes locales que les doten efectivamente de la financiación adecuada al
cumplimiento de sus fines .
Desde
este punto de vista la propuesta de modificación presentada por el gobierno de
Mariano Rajoy y analizada en el Consejo de Ministros de 13 de julio del 2012,
es absolutamente decepcionante en su contenido, falsa en su justificación y
profundamente ineficaz y nociva para el interés de los ciudadanos y ciudadanas
de nuestro país.
El
gobierno justifica la modificación de 14 artículos de la Ley de Bases de
régimen local en la necesidad de adaptar este texto a la nueva ley de
estabilidad presupuestaria.
Tal
justificación no puede calificarse mas que como falsa por las siguientes
razones:
1º:-
Los ayuntamientos tienen establecida por ley, desde hace mucho tiempo, el
cumplimiento del equilibrio presupuestario no pudiendo aprobar en ningún caso
presupuestos con déficit y viéndose obligados en caso de existir el mismo al
finalizar el ejercicio, a aprobar el siguiente presupuesto con el superávit
suficiente para cubrir el déficit.
Los
ayuntamientos tienen grandes y graves problemas económicos pero los mismos se derivan de una
insuficiencia histórica de la financiación local y en la actual crisis
económica de una caída brutal de los ingresos.
2º.-
La aportación de los ayuntamientos al déficit del conjunto de las administraciones publicas en nuestro país
es absolutamente irrelevante, por lo que no se comprenden medidas tan radicales
para solventar un problema de tan escasa entidad.
Examinado
el anteproyecto presentado se comprueba
que el mismo supone un ataque frontal y sin precedentes a los principios
constitucionales de autonomía local y suficiencia financiera.
Se
utiliza la reforma para dar una vuelta de tuerca al municipalismo español
limitando su capacidad política y de gestión, y eliminando la definición
constitucional de los ayuntamientos como parte del Estado.
En
el texto del anteproyecto presentado se avanza en la dirección contraria a lo
que han sido tradicionalmente las reivindicaciones del municipalismo español y:
1º.-SE
PRETENDE ELIMINAR EL PRINCIPIO DE AUTONOMIA LOCAL. La reforma incorpora la
posibilidad de que los municipios de menos de 20.000 habitantes puedan verse
privados de sus competencias para prestar servicios mínimos por decisión de las
Comunidades Autónomas. Tal regulación atenta claramente contra el principio de
autonomía local, da una preeminencia jurídica y política a las comunidades
autónomas sobre los ayuntamientos que no tiene sujeción legal y relega al mundo
municipal a un papel residual en el contenido político de la gestión.
Por
otro lado establecer que para que un Ayuntamiento pueda poner en marcha iniciativas
publicas de carácter económico, tal decisión se tenga que aprobar por los órganos
de gobierno de las CCAA, con unas condiciones tan exageradas y unos sistemas de
control tan exhaustivos solamente puede pretender que las mismas no se lleven a
cabo. A través de esta reforma se pretende básicamente poner coto a la actividad
municipal, reducirla a la minima expresión, llegando al extremo de exigir un
estudio de mercado con objeto de que la
iniciativa municipal no afecte a la concurrencia empresarial. Es decir si la
actividad se ejerce desde el ámbito privado no es necesaria la actividad
publica. Toda una declaración de intenciones y de intereses elevada al rengo de
ley.
Valgan
estos dos ejemplos para ilustrar el trasfondo de una reforma que pretende modificar
el modelo constitucional de la estructura territorial del Estado relegando a
los ayuntamientos al mero papel de delegaciones de las CCAA y del Estado, sin
contenido político y sin capacidad de gestión mas allá de lo que decidan las
otras administraciones.
A
nuestro juicio este proyecto vulnera lo establecido en el Art 142 de la
Constitución española y en caso de ser aprobada habría que cuestionar tanto
política como jurídicamente su constitucionalidad. También y bajo la excusa del
control de la estabilidad presupuestaria el Estado se reserva facultades de
intervención inauditas que pretenden controlar a través del gasto la capacidad
política, de gestión y el programa político de los ayuntamientos. Llega al
extremo de pretender modificar el papel de los interventores municipales que
pasaran a depender funcionalmente del Ministerio de Hacienda, ante el que
rendirán cuentas.
Por
tanto en vez de avanzar en la línea de construir ayuntamientos mas fuertes con
mas competencias y mayor capacidad de gestión se va en la dirección contraria,
intentando alejar la política de los ciudadanos y convirtiendo a los
ayuntamientos en rehenes políticos de otras administraciones y abriendo la
puerta, aun mas si cabe al clientelismo partidista y al trato arbitrario.
2º
EL ANTEPROYECTO MODIFICA LAS COMPETENCIAS MUNICIPALES y realiza una radical reducción sobre el marco
competencial municipal reservando a los ayuntamientos prácticamente las
competencias relativas al mantenimiento de la ciudad.
En
tal sentido hay que señalar que desaparece expresamente cualquier referencia a
las competencias en materia de educación y de sanidad que vienen contempladas
en el actual texto, se eliminan las relativas a igualdad de la mujer,
protección del medio ambiente o vivienda, entre otras…Asimismo se elimina la
disposición transitoria segunda de la actual Ley de Bases de Régimen Local que
contiene una cláusula competencial residual que ha permitido que los
ayuntamientos hayan podido realizar políticas en otras materias además de las
estrictamente definidas.
Se
incorpora el principio de “una administración una competencia” pero no después
de un análisis de quien y como debería ejercerlas sino simplemente eliminando
la posibilidad de que los ayuntamientos puedan ampliar su ámbito de actuación
en materias de interés para los ciudadanos. Se olvida la gran experiencia de
gestión local en muchas materias como empleo, vivienda, igualdad de
oportunidades, prevención de la salud, educación infantil, etc y se obvia
conscientemente que hoy existen estructuras estables de gestión cuya única
alternativa prevista en la Ley es su desaparición ya que se prohíbe la
realización de otras competencias distintas a las señaladas legalmente.
También
y bajo la excusa del control de la estabilidad presupuestaria, el Estado se
reserva facultades de intervención inauditas que pretenden controlar a través
del gasto la capacidad política, de gestión y el programa político de los
ayuntamientos. Llega al extremo de pretender modificar el papel de los
interventores municipales que pasaran a
depender funcionalmente del Ministerio de Hacienda, ante el que rendirán
cuentas.
3º.-En tercer lugar se refuerza el papel
de las diputaciones provinciales, estructuras obsoletas, cuestionadas
políticamente en muchos casos e inútiles una vez que existen las CCAA. Se les
refuerzan en detrimento de las mancomunidades o consorcios constituidos
voluntariamente por los ayuntamientos en el ejercicio de su autonomía local. El
que las diputaciones puedan realizar los servicios mínimos de los ayuntamientos
de menos de 20.000 habitantes por decisión autonómica significa darles un papel político
incomprensible.
Nosotros seguiremos defendiendo la
desaparición de las diputaciones provinciales y la asunción de sus competencias
por la CCAA, ya que en este momento sus funciones se suplantan, se confunden y
en muchos casos se duplican.
4º.-
NO SE ABORDA LA NECESIDAD DE MEJORAR LA
FINANCIACION LOCAL para asumir los retos municipales y solamente se
menciona la obligación de cumplir la Ley
de estabilidad presupuestaria por encima de todo, no se menciona ni una sola
vez a los ciudadanos y sus derechos y no se aborda la insuficiencia financiera
local . Bien al contrario las disposiciones transitorias previstas en el
anteproyecto establecen la obligación de evaluar el coste de los servicios
municipales estableciendo tres opciones para los ayuntamientos si los mismos
son deficitarios : o se cierran o se privatizan o se intervienen.
5º.-
SE PRETENDE REDUCIR LA DEMOCRACIA LOCAL planteando la eliminación de mas de 3.725 entidades locales y la reducción de mas del
30% de los concejales de nuestro país, bajo la excusa de la reducción del gasto
publico.
La reducción de entidades locales solamente debería
producirse si así se acuerda por la propia entidad local en ejercicio de su
autonomía y teniendo en cuenta la decisión de los vecinos de las mismas que en
numerosas ocasiones intervienen de un modo muy directo en sus decisiones políticas
.Su eliminación no solamente no supondrá un ahorro de gasto sino que eliminará
experiencias y espacios de participación ciudadana.
En
le referido a la propuesta de reducción del 30% del numero de concejales, la
misma solo pretende eliminar la
pluralidad política municipal limitando la presencia política de las fuerzas
políticas minoritarios sin que tal medida vaya a provocar un ahorro de gasto significativo
ya que la mayoría de los cargos públicos locales no están liberados ni perciben
cantidades importantes por la labor desempeñada de representación política.
En
CONCLUSION analizamos con extraordinaria
preocupación este anteproyecto, consideramos que el mismo anula el principio de autonomía local.
Asimismo discrepamos profundamente del marco competencial previsto y nos
oponemos radicalmente al modelo del PP de
regular ayuntamientos controlados políticamente, sin capacidad de
gestión.
Pero
sobre todo nos oponemos a este anteproyecto porque es malo para los intereses de
los ciudadanos de nuestro país que a diario utilizan miles de servicios
municipales de carácter educativo, de salud, de empleo de vivienda, deportivos,
culturales, en materia de igualdad, de promoción de la infancia o la juventud,
de carácter social, de atención a los dependientes, etc …., servicios que con
este anteproyecto están abocados a desaparecer. En esta época de crisis esta
propuesta de reforma provocara mas
pobreza, mas desigualdad y menor cohesión social.
Esta
contrarreforma supone un paso mas en el objetivo de debilitar el Estado, de reducir el espacio de
lo publico.
En
base a todo lo anteriormente expuesto se propone al Pleno que adopte los
siguientes acuerdos:
1º.-
EXIGIR LA RETIRADA DE ESTE ANTEPROYECTO
DE MODIFICACION DE LA LEY DE BASES DE REGIMEN LOCAL por entender que el
mismo anula el principio de autonomía local y supone un recorte sin precedentes
en materia social derivado de la de la delimitación de competencias y de la
capacidad de intervención política que plantea.
2º.-
Exigir a la FEMP que se oponga a este anteproyecto y que se establezca un marco
de negociación transparente en el que pueda participar el municipalismo
español.
3º.-
Apoyar cuantas iniciativas de carácter político o jurídico se pongan en marcha
para oponerse a esta modificación prevista.
4º.-
Exigir al Gobierno de España que
cualquier modificación legal que promueva en la materia garantice los
principios constitucionales de autonomía local, subsidiariedad y suficiencia
financiera.
De
esta moción se dará traslado a :
1º-Presidente
del gobierno.
2º.-
Ministro de hacienda y administraciones publicas.
3º.-
Gobierno de la CCAA de…..
4º.-
FEMP
5º.-
Movimiento asociativo local
En
Zamora a 26 de Julio del 2012-07-26
FRANCISCO
MOLINA MARTÍNEZ
PTE.
DE LA DIPUTACIÓN DE ZAMORA
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