NOTA DE PRENSA DE IZQUIERDA UNIDA-DIPUTACIÓN DE ZAMORA
La Dirección General de Carreteras de la Junta de
Castilla y León pierde un juicio por actuar incumpliendo la Ley (y
posiblemente, añade IU, por hacerlo con intención de favorecer a un tercero)
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LOS HECHOS:
1) Cuando se construye la Estación de Servicio “Alfa”, antes de entrar en
Pereruela con sentido Zamora-Bermillo, la Ley obliga al empresario a construir
a su costa los accesos a la gasolinera conforme a la Ley.
2) Así lo hace, y en el lado contrario a la gasolinera construye una raqueta
(Carril de deceleración) que permite, tras desviarse a la derecha, cruzar la
carretera hacia la izquierda, hacia la gasolinera.
3) La construcción de una raqueta y no de una doble vía en medio de la
calzada, con el carril central permitiendo el giro a la izquierda hacia la
gasolinera se hace porque es lo que exige la ley.
4) Pasado el tiempo, enfrente de la gasolinera se instala un negocio de
cerámica, que consigue que le permitan hacer un acceso a su local desde la
raqueta (Carril de deceleración).
5) Pero eso está expresamente prohibido por la ley. Desde una raqueta (Carril de
deceleración) no se puede acceder a una finca.
6) En consecuencia, los propietarios de la gasolinera denuncian la situación y
ganan el juicio, enero 2004
7) Pero a escasos días de que se ejecute la sentencia, la Dirección General de
Carreteras de la Junta de Castilla y León, a través de su sección de Fomento en
Zamora, decide hacer obras en ese tramo.
8) En el proyecto de esa actuación la Junta decide que para acceder a la
gasolinera y negocio de alfarería se realice desde un carril central
enfrentados para carriles de giro a la izquierda.
9) Por lo que la ley exige un estudio previo que justifique motivadamente la
necesidad de realizar tal modificación y reordenación de accesos existentes,
por lo cual los únicos accesos que en supuesto caso se podrían reordenar serian
los de la Estación de Servicio, dado que los particulares de la alfarería nunca
podían reordenarse por no existir al haberse declarados nulos, así esa misma
Ley dice que las fincas particulares (negocio de alfarería) solo pueden tener
accesos directos a la carretera y cumpliendo las distancia entre accesos cuando
no tienen posibilidad de acceso, o bien de acceder por un camino o vías de
servicio , como es el caso.
10) Esta modificación de la carretera, que beneficia notablemente a los negocios
instalados frente a la gasolinera (puesto que les deja a su servicio el tramo
de raqueta que ya no lo es), no se comunica a los afectado, los dueños de la
gasolinera.
11) De nuevo los propietarios de la gasolinera denuncian la situación en los
juzgados.
12) Y ahora, tras sucesivos juicios y apelaciones, el Tribunal Superior de
Justicia de Castilla y León (Sala de lo Contencioso- Administrativo de
Valladolid) da la razón a los dueños de la gasolinera Alfa por tercera vez,
13) Las modificaciones en el trazado de la carretera son ilegales por no
cumplir dos requisitos:
13.1.-
Cualquier modificación de accesos en una carretera debe ir acompañado de un
estudio técnico que lo justifique y respalde motivadamente y conforme a
derecho.
12..2.-
Cualquier modificación de los accesos debe comunicarse a las partes afectadas
por si quieren alegar, y eso tampoco lo hizo la Dirección General de Carreteras
cuando se trataba nada menos que de los accesos a la empresa afectada-la
gasolinera.
14) En
consecuencia, el juzgado falla que la carretera debe volver al estado en que
los accesos a la gasolinera desde la parte contraria, se deberían resolver con
una raqueta.
15.-Todo
esto, tras tres sentencias consecutivas a favor de los propietarios de la
gasolinera
16.-Esperemos
que ésta se ejecute porque:
16.1.- La Sentencia
definitiva así lo pide y exige, y por tanto eso es lo justo.
16.2-Porque
es una administración la condenada y por tanto obligada más que nadie a cumplir
las leyes.
Y además es
inadmisible que actúe con indicios de trato de favor, usando el dinero de todos.
Es decir es
inadmisible que con dinero de todos la Junta de Castilla y León no cumpla la
Ley y no respete sus propios actos.
Hay que
tener en cuenta que se obliga a realizar unas obras a un particular cuando se
hace una estación de servicio, para acto seguido beneficiar a otro particular que
no tenía ningún tipo de derecho.
16.3.-
Porque este abuso, que encima pudo ser un trato de favor encubierto para
beneficiar a un particular se ha hecho con el dinero de todos. .
16.4_ Si al
final la Junta da el mal ejemplo de no respetar la ley ni antes ni después de
los juicios, estamos ante una barbaridad contra el estado de derecho basada en
el abuso de poder.
Paco Molina-Diputado Provincial de Zamora por IZQUIERDA UNIDA.
Fecha: Zamora
26 de Marzo del 2012
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