PRESIDENTE
DE LA
DIPUTACIÓN DE ZAMORA
FRANCISCO MOLINA MARTINEZ, Diputado Provincial de Zamora en
representación de IZQUIERDA UNIDA y en referencia al próximo Pleno presenta las
siguientes
PREGUNTAS
En el anexo que se adjunta se explica el extraño caso
de
En dicho anexo, extraído de un Decreto del Presidente
de la Diputación se ve cómo una obra que debió empezar en el año 2005 y acabar
en 8 meses, lo hace en el 2012, si es que ya se reparó lo que la
empresa ARCEBANSA dejó mal hecho.
Reparar lo que dejó mal ejecutado se ha evaluado en 102.537 €
.
Sin embargo en la resolución del
Presidente contra ARCEBANSA se dice que se procederá a “Exigirle a la empresa 102.537 € por daños y
perjuicios y arreglo de lo que hizo mal”.
.
Pero como se ve los 102.537 € son los que costará el
arreglo, luego ahí no van incluidos los “daños y perjuicios”.
Por tanto se pregunta:
¿Por qué a la empresa ARCEBANSA se le cobra sólo lo que tubo que hacer bien
e hizo mal, y no se le cobra nada a modo de indemnización por el daño causado
a las arcas públicas y a los vecinos
de la zona que sulen usar dicha carretera?
|
ANEXO
ASUNTO CARRETERA ARCEBANSA. RESOLUCIÓN CONTRATO.
ZA-V-2314.”PINILLA DE TORO-VEZDEMARBAN” PK 5+600 AL 13+356
29-sept-2005.
SE acordó adjudicación obra “Acondicionamiento y
Refuerzo de firme de la Carretera Provincial
citada, por un importe de 1.196.050 €
16-Nov-205.
´
Se
firma el contrato. Dando de plazo para ejecución de la obra 8 meses tras el
replanteo.
15
- Dic-2005.-
Se
comprueba el replanteo. Y se hace ver que lo de las expropiaciones va lento (no
todos los terrenos están disponibles).
21-Junio
del 2006.
Ya
están los terrenos, disponibles.
18
-Sept.-2006.
Se
produce la primera certificación (el primer pago)
1-Marzo-2007.
Se
autoriza la redacción de un modificado.
31-Julio-2007.
A
partir de esta fecha hay 2 meses para hacer el modificado.
29-Sept-2008.
Se
levanta un acta de Recepción Negativa por faltas y deficiencias en las obras. También se adjunta el dato de que la
empresa dice que como la obra se inauguró el 2 de Abril de 2008 por parte del
Presidente. (salvo la travesía) eso significa que la obra está acabada.
29-sept.-2008.
En
el acta de Recepción negativa citada se le dan a la empresa 2 meses para
reparar los desperfectos detectados por la Dirección de Obra
(debe saberse que la
Diputación pone directores de obra para verificar que las
empresas hacen lo acordado)
14-
Nov-2008.-
La
empresa dice que todo está arreglado.
17-Nov-2008.
Se
le urge a la empresa a que coloque todas las señales necesarias por seguridad
vial
26-Nov-2008.
La empresa insiste en que todo está
arreglado, con señales y todo y adjunta fotos.
17
-abril.2009.
Se
convoca a al empresa en Vezdemarbán para ver con ella las obras
22-Abril-2009.-
Contesta
la empresa que da por concluidos y recibidos los trabajos, indicando que no es
precisa una nueva actuación en orden a recibir las obras, debiendo la
administración proceder al abono de las mismas.
21-Abril-2009.
Se
ven en el lugar citado-Vezdemarbán- la Diputación y la empresa. Y se produce una nueva
Acta de Recepción Negativa, tras decirle a la empres que se le convocó porque
ya se le había advertido que había unidades de obra pendientes de ejecutar y otras con defectos, por lo que
se iba a proceder a la revisión de la obra con ellos delante según permite la
ley.
Se colocan para la inspección conjunta
(empresa y administración) en el punto kilométrico PK 5+600 . y se ven las
primeras fisuras. Entonces los representantes de la empresa –Arcenbansa-
preguntan si se va a recorrer toda la obra. Y al responderles el Director de
Obra que si, deciden ausentarse, alegando que consideraban que la obra ya
estaba recibida por la inauguración efectuada por el Pte. de Diputación..
Continúa
la inspección ocular y se ve que la obra no se
encuentra en buen estado. Se aprecian bastantes defectos. Que se
incorporan al acta .
4-Enero-2010.
El
Director de obra comunica a la empresa Arcebansa que se han puesto de
manifiesto algunas fisuras en ciertos tramos, debiendo ser selladas a la mayor
brevedad posible para evitar un deterioro progresivo del firme
Contesta
la empresa diciendo que ha llovido mucho, que es mejor esperar a que venga el
buen tiempo
5-mayo-2010.
La
empresa dice que ha empezado el sellado de las fisuras
22-Dic-2010.
El
Director de Obra remite escrito al Diputado de Planes Provinciales en la que le
cuenta todo y como está todo. Y pide se le requiera a la empresa para que actúe
con rapidez con el sellado inmediato del resto de las fisuras y que se pueda
abordar la reparación del firme.
21
-Marzo-2011.
Se
recibe en el área de obras escrito del
Juzgado Contencioso Administrativo nº1 de Zamora relativo a esa obra
23-Marzo-2011.
Arcebansa
solicita que se proceda a dar cumplimiento a la Sentencia de 12 de
Enero de 2011 y que se proceda al
recibimiento de la obra por parte de la Diputación y la liquidación definitiva de la
misma, con todo lo demás que en derecho proceda.
23-Mayo-2011.
El Director de Obra pregunta oficialmente cual
es la actuación que debe seguir para el cumplimiento de la sentencia, teniendo
en cuenta que la obra tiene unos defectos similares a los que tenía el 21 de
Abril del 2009, cuando se levantó la última acta
25-Mayo-2011.
El
Diputado de Obras le dice al Director de Obra que emita un informe sobre el
estado actual de la misma y la posibilidad de proceder a su recibimiento. Y
le dice que en caso de que observaran defectos deberá detallar las
instrucciones precisas, fijando un plazo para que la empresa adjudicataria
proceda a la subsanación de los mismos.
13-junio-2011.-
El
director de Obra presenta un informe hecho por la empresa de asistencia técnica
INZAMAC ASISTENCIAS TÉCNICAS SA, que dice que la carretera presenta una
fisuración del mismo tipo que ya tenía cuando se intentó recibir con resultado
negativo en el 2008 y en el 2009, y que la longitud de la fisura ha aumentado.
Añade INZAMAC el número elevado de fisuras que ya había hacía tiempo y que la
empresa no ha sellado aunque se le pidió. Concluye diciendo INZAMAC “que la
obra no se pude recibir en el estado en que se encuentra en el momento actual y
por ello no puede hacerse la liquidación definitiva, salvo que el Diputado de
Obras indique lo contrario..
28-Junio-2011.-
Aparece
un informe del Jefe del Servicio Administrativo de Obras en el que se concluye
“que la obra no está en condiciones de ser recibida por lo que de conformidad
con la sentencia 9 del Juzgado contencioso administrativo, de 12 de enero del
2011 del juzgado Contenciosos-Administrativo, cabe o se puede iniciar el
procedimiento de resolución del contrato. En
consecuencia se inicia la resolución del contrato
.28-Junio-2011.
Y
debido a que el contratista se opone a la resolución-anulación- se pidió
informe al Consejo consultivo
15Dic-2011.
El
Consejo consultivo emite un dictamen que concluía diciendo que procedía
declarar la caducidad del procedimiento de resolución del contrato de la obra.
10-Abril-del
2012.
El
Presidente emite un decreto en que declara la caducidad del procedimiento de
resolución del contrato
7-mayo-2012.-
Orden
del Diputado de Vías para que se inicie de nuevo la resolución del contrato
La
liquidación de la obra supondría para ARCEBANSA la cantidad de 80.128 €
24-mayo-2012.
Una
nueva empresa-Tecnia SL- dice que la causa de las fisuras son atribuibles a una mala ejecución de la capa de suelo de
cemento.
El
director de obra recuerda que se han pasado los plazos.
4-junio-2012.
Se calcula la revisión de precios en 82.363 y
los que costaría la reparación 102.537 €
5-julio-2012.
ARCEBANSA dice que: se opone a la resolución
del contrato. Y que la administración lo que debe es hacer la liquidación
(pagarles. Dice también que los defectos de la obra se deben a que el proyecto
de la misma era malo. Y por ultimo alega que la cantidad a la que asciende la
liquidación no es la buena
29-Octubre-2012
El
Consejo Consultivo dice que procede la resolución del contrato
NOTA:
LA LIQUIDACIÓN comprende la constatación y medición de las partes de la obra
bien realizadas
30-octubre-2012-
Decreto
de Presidencia que decreta..
Desestimar
las reclamaciones de ARCEBANSA
Por
tanto, que se resuelva el contrato.
Darle
a la empresa por liquidación de obra 80.128 e y por revisión de precios 82.363
€
Exigirle
a la empresa 102.537 € por daños y
perjuicios y arreglo de lo que fizo mal.
Incautación
de la garantía definitiva de 55.211 €
Zamora a
28 de Noviembre del 2012
FRANCISCO
MOLINA MARTÍNEZ
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