PRESIDENTE
DE LA
DIPUTACIÓN
DE ZAMORA
FRANCISCO MOLINA MARTINEZ, Diputado
Provincial de Zamora en representación de
IZQUIERDA UNIDA y en referencia al próximo Pleno presenta la siguiente
MOCIÓN DE
URGENCIA
El Pleno
de la Diputación de Zamora ACUERDA (Si lo vota el PP):
Ejercer
sin más dilación las responsabilidades y competencias que establece la Ley en
cuanto a la restauración de la legalidad urbanística en el caso conocido como
“el chalet del Acalde de Benavente”, Don Saturnino Mañanes García, toda vez
que según el artículo 366 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León si
el Ayuntamiento no actúa teniendo suficiente conocimiento de los hechos y
medios técnicos y jurídicos, como ya tiene sobre el caso, ni adopta las
medidas pertinentes de protección y restauración de la legalidad, es la
Diputación (en este caso la de Zamora) la que debe ejercer directamente las
competencias de Protección y
Restauración de la Legalidad conforme a la legalidad vigente.
Y que en
consecuencia, una vez que los servicios de Asistencia a Municipios
establezcan qué hay que hacer con el chalet (derribo, multa, etc), se actúe
con prontitud y diligencia, al margen de las causas penales que pudieran
corresponderle al infractor por cuanto encima es el Alcalde de la Ciudad, y
por tanto el principal responsable de que en ella se vigile el cumplimiento
de las leyes de urbanismo que en ella imperen.
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RAZON DE LA PROPUESTA
1.- Recientemente el Sr. Román Ávila García, vecino
de Benavente y con conocimientos sobre el asunto pues es arquitecto, se ha
dirigido a esta Diputación pidiendo que actúe directamente para que se restaure
la quebrada legalidad urbanística en Benavente, al haberse cumplido los plazos
para que lo hiciera, como debería haberlo hecho, el propio Ayuntamiento de
Benavente.
2.-El citado ciudadano domina el tema de esta
infracción urbanística puesto que lleva años estudiando el caso y llegando a
obtener el reconocimiento del Procurador del Común y el Defensor del Pueblo.
3.- Ocurre en paralelo que no estamos ante un mero
caso de dejadez o negligencia de un Ayuntamiento, estamos ante un asunto que
afecta directamente al Alcalde actual en cuanto al mismo tiempo es ese Alcalde
el presunto infractor por si mismo o por derecho consorte, y por tanto el
“perjudicado” si se aplica la Ley.
4.-A todo esto, la Diputación de Zamora en cuanto
tal, tiene una obligación por ley, de actuar en este caso.
5.-Por tanto si se debe hacer lo propuesto, sin que
le pueda molestar a un. Alcalde que acude a los juzgados para denunciar a
vecinos que pertenecen al pueblo llano, y no acude para denunciar a quienes le
hacen mal las obras. (Pasarela Derrumbada en los Cuestos de La Mota) o a
quienes infringen las normas urbanísticas que juró cumplir y hacer cumplir. .
Zamora 4
de Febrero del
2014
FRANCISCO MOLINA MARTÍNEZ
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