Titular.
EN
EL PP EL MÁS TONTO HACE RELOJES…………DE CUCO
DE
LO CUCOS QUE SON.
O
EL CASO DE LA HIJA DEL ALCALDE DE ROSINOS
Hechos.
1.- Durante más de 5 años la hija
del alcalde de Rosinos de la Requejada (Diputado Prada), trabaja de
Secretaria de Ayuntamiento en los de Rosinos y el de Palacios de Sanabria
(que han decidido compartir ese puesto) cosa que permite la ley.
2.-Pero al mismo tiempo trabaja de
administrativa en el Ayuntamiento de Galende, cosa que prohíbe la normativa a
los Secretarios de Ayuntamiento (pueden estar de secretarios en varios sitios
pero sólo como secretarios).
3.-Descubierto el asunto por
Izquierda Unida y ante la denuncia pública, la citada deja el Ayuntamiento de
Galende donde estaba contratada como personal laboral.
4.- En paralelo hay una denuncia de
un particular lo que fuerza a que se le abra un expediente disciplinario.
5.-No se sabe muy bien por qué, el
expediente se lo abren en el Ayuntamiento de Galende y no en el de su padre.
6.-Aunque ahora todas las piezas
encajan, por lo siguiente: resulta que ella es en el Ayuntamiento de su padre
FUNCIONARIA y en el de Galende (con alcalde del PP también, y amigo de su
padre) PERSONAL LABORAL.
7.-Bien, pues iniciado el expediente,
como todo estaba claro, el instructor dice que estamos ante una “falta muy grave”
por lo que puede ser condenada hasta con la pérdida del derecho a ser
personal laboral durante dos años.
8.- El instructor es un funcionario
del Ayuntamiento de Galende y por tanto alguien dependiente del Alcalde del
PP. Y tal vez por eso, dice que la infractora lo hizo sin querer y no causó
mal alguno a terceros.
9.-Cosa inaudita porque la
infractora es Secretaria de Ayuntamiento, por lo cual tuvo que superar unas pruebas
entre las que se encontraba el saber todo lo referente a incompatibilidades (a
parte de que estar 5 años en tres ayuntamientos a la vez tuvo que suponer una
serie de horarios a la carta de mucho cuidado).
10.-Pero ahora viene lo GROTESCO Y
DESCARADO:
Por fin el Alcalde de Galende ha puesto
la sanción (le correspondía a él, tal y como diseñaron el asunto los expertos
del PP)
11.-Y la sentencia fue: “Suspensión firme de funciones, o de empleo
y sueldo en su caso como PERSONAL LABORAL, con una duración de dos años”.
12.-
Es decir se le castiga a que no sea lo que ya no es.
13.-Ella
desde la denuncia sólo es FUNCIONARIA y no PERSONAL LABORAL, es más ya nunca
podrá ser Personal Laboral salvo que renuncie a ser Secretaria de Ayuntamiento,
luego no es castigada a nada.
14.-¿No
sería lo lógico que si le deben caer dos años de castigo lo sea en ambas funciones
(como personal laboral y funcionaria que fue a la vez) en las que ha quebrantado
la ley?.
15.-
Pues no parece.
----------------------------------------------------------------------
Comentario político.
|
Paco
Molina-Diputado Provincial de Zamora por
IZQUIERDA UNIDA.
Fecha:
22 de Febrero del 2014
No hay comentarios:
Publicar un comentario