LA JUNTA NO ACABA DE OBLIGAR A IBERDROLA A CUMPLIR LA LEY EN UNA
ESPECIE DE CHALANEO INDECENTE.
En este
sentido este diputado se dirigirá al delegado de la Junta en Zamora pidiendo explicaciones.
Los hechos:
1.-Iberdrola decide hacer una “reforma de la línea eléctrica y aérea de
Alta Tensión 13,20 kw, denominada CERÁMICAS DE LA STR EN CORRALES”.
La instalación irá por Corrales, Fuente el Carnero, Santa Clara de
Avedillo y Fuentespreadas, todas localidades de la provincia de Zamora.
Y el 21 de Octubre del 2003 el Jefe del Servicio de Industria,
Comercio y Turismo de Zamora autoriza y declara la utilidad pública de dicha
instalación.
2.-Pero tal instalación no cumple la ley por dos motivos: no hizo
estudio de impacto ambiental y en la zona urbana de Corrales no iba soterrada
como exige allí el Plan de Urbanismo de la localidad, que es Ley.
3.-La Junta fue informada de estos aspectos, y no hizo caso.
4.-Como consecuencia de ello se produjeron dos juicios determinantes
en el asunto ante reclamación de particular. En ambos los denunciados son la
Junta e Iberdrola como codemandada
5.- Una de ellas y definitiva es del Tribunal Superior de Justicia de
Castilla y León, con fecha 14 de Abril de 2.011.
6.-Dicha sentencia, no recurrible, dice que a este tipo de instalación
le es exigible la tramitación simplificada de la evaluación de impacto
ambiental puesto que se trata de “líneas
aéreas de transporte o distribución de energía eléctrica de media y alta
tensión cuya longitud de trazado sea igual o superior a 5 kms”. Esta tiene 8,748 Kms.
7.-Sin embargo a día de hoy, al parecer, ni la Junta ha dado la orden
a Iberdrola de deshacer la obra, ni ésta ha acatado la sentencia.
8.-La sentencia del Tribunal Superior falla que la instalación carece
de autorización administrativa al ser nula la concedida según la Ley Reguladora
del sector Eléctrico.
9.-Se esta pues ante una infracción muy grave, pues la ley 54/1997 de
27 de Noviembre del Sector Eléctrico y el Reglamento de desarrollo de dicha
ley dice en el artículo 60, califica:
“Son infracciones muy graves…el
desarrollo de actividades eléctricas sin las debidas autorizaciones o en
instalaciones que carecen de ellas”
10.-Ello puede desembocar en una sanción a Iberdrola pues la línea
está en funcionamiento, discurriendo el trazado por encima de viviendas, piscinas
y fincas con superficie inferior a 5.000 m2 en contra de lo establecido en la
ley del Sector Eléctrico.
11.-En ese incumplimiento Iberdrola ha participado activamente pues
en la licencia que se le da el 30 de Mayo del 2002 por parte del Ayuntamiento
de Corrales del Vino se disponía “que “en el suelo urbano y urbanizable la
red se canalizará subterránea bajo la red viaria y espacios de dominio y uso
público
12.- La infracción se viene cometiendo y consintiendo también desde que
el Tribunal de Justicia de Castilla y León anula la autorización otorgada en
su día por el servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de
Zamora.
13.-La intencionalidad de la empresa Iberdrola en cometer la infracción
resulta evidente pues así mismo no cumple una sentencia firme del mismo
tribunal (año 2.009) que obliga al Ayuntamiento de Corrales del Vino para que
ordene a Iberdrola el soterramiento de la citada línea eléctrica.
14.-Según los demandantes,
Iberdrola debería recibir una multa de
3 M€ (tres millones de euros).
15.- No hubo costas.
16.-IZQUIERDA UNIDA se dirigirá al Delegado Territorial de la Junta
para ver cómo va el asunto.
17.-De entrada es indignante la desidia con la que se actúa en algunas
Administraciones cuando quien debe ser vigilado es un poderoso. En este caso
Iberdrola.
18.-Por eso denunciamos. A unos les desahucian –si son el pueblo- y a
otros los tienen entre algodones- si son los poderosos-. A parte que es
imperdonable la negligencia (¿dolosa?) de la Junta
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Paco Molina-Diputado Provincial de Zamora por IZQUIERDA UNIDA.
Fecha: 2 de Noviembre del 2012
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