ESTO DICE LA NORMATIVA DE
TRÁFICO SOBRE LA OCULTACIÓN DE CHÓFERES por ORGANISMOS PÚBLICOS.
LUEGO EL PTE. MAILLO ES
RESPOSABLE DE UNA FALTA MUY GRAVE DE LA Ley de Tráfico, Circulación de
Vehículos a Motor y Seguridad Vial
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1.- DICE LA LEY QUE “El titular del vehículo si fuese persona
jurídica, (y la Diputación lo es) debidamente requerido para ello, tiene
el deber de identificar verazmente al conductor responsable
2.-Dice también la ley en lo referente al pago de multas:” En el caso
de que el titular y conductor no sean coincidentes, la ley establece que es
obligación del titular identificar verazmente al mismo”
3.- Y sigue la ley: “en el supuesto de que no se confirme que titular
y conductor son al misma persona.......se iniciará contra el titular el
expediente sancionador por incumplimiento del artículo 72.3 de la mencionada
ley, como responsable de falta muy grave, con multa de 301 € a 1.500 €.
4. Luego la Diputación de Zamora, cuyo responsable es el Pte. Maillo,
ha cometido una falta muy grave. Que le ha podido costar hasta 1,500
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Paco Molina-Diputado Provincial de Zamora por IZQUIERDA UNIDA.
Fecha: 20 de Febrero
del 2013
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