jueves, 14 de marzo de 2013

Tren de Orense-Puebla de Sanabria (Zamora). Defendámoslo


                                                       PRESIDENTE

                                                             DE LA

                                           DIPUTACIÓN DE ZAMORA

 

           FRANCISCO MOLINA MARTINEZ, Diputado Provincial de Zamora en representación de  IZQUIERDA UNIDA y en referencia al próximo Pleno presenta la siguiente

 

MOCIÓN DE URGENCIA          

 

 
El Pleno de la Diputación de Zamora ACUERDA (Si lo vata el PP)
 
Solicitar a la Consejería de la Presidencia de la Junta de Castilla y León, conforme a la ley 1/2002, de 9 de Abril, reguladora del Consejo Consultivo de Castilla y León, en su artículo 6, que dicho Consejo Consultivo aclare diversos aspectos de la aplicación de la Ley de Agricultura de Montaña en relación  con los siguiente supuestos:
 
1.-Se trata de saber si se puede suprimir el tren Orense-Puebla de Sanabria (Zamora) o este servicio público está blindado por la Ley de Agricultura de Montaña y por tanto no podría cerrarse.
 
2.- Se trata de saber si es que se pueden desmantelar servicios públicos como las urgencias nocturnas o de otro tipo en las Zonas de la Provincia de Zamora que respondan a la definición de la Ley de Agricultura de Montaña o también está protegidos.
 
3.- Se trata de saber si es que se pueden suprimir otros servicios esenciales-escuelas, consultorios médicos, etc- en las Zonas definidas como de Agricultura de Montaña de la Provincia de Zamora o son precisamente los servicios de es tipo los que protege la ley para potenciar este tipo de mundo rural.
 

 

                 RAZON  DE LA PROPUESTA

 

1.- En el último Pleno IU presentó una alegación casi igual en esencia, que el PP rechazó de plano posiblemente equivocado.

 

2.- Como el asunto es muy importante yo, como Diputado Provincial, me dirigí al Consejo Consultivo haciendo las pertinentes preguntas (ver anexo correspondiente).

 

3.-Pero éste contestó que para que ellos realicen ese estudio deben darse dos circunstancias,

 

4.-Una, que lo solicite el Pleno de la institución que hace la consulta.

 

5.-Dos, que se remita la petición a la Consejería de Presidencia ( ver anexo relacionado)

 

6.- Por tanto, y dada la gran trascendencia del asunto para la Provincia solicito que este pleno de los pasos que se proponen para no dejar a un gran numero de habitantes del mundo rural zamorano en la indefensión.

                                                     

                                                                       Zamora  14  de marzo     del  2013

 

                                               FRANCISCO MOLINA MARTÍNEZ

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