PRESIDENTE
DE
LA
DIPUTACIÓN DE
ZAMORA
FRANCISCO MOLINA MARTINEZ, Diputado
Provincial de Zamora en representación de
IZQUIERDA UNIDA y en referencia al próximo Pleno presenta la siguiente
MOCIÓN DE
URGENCIA
El Pleno
de
La
aceptación de la resolución del Procurador del Común remitida a esta
Institución y que literalmente dice:
“Que por parte de la (Diputación de Zamora) se
valore la posibilidad de modificar los Convenios suscritos con el Ayuntamiento
de Toro y la Mancomunidad de Municipios Tierra de Aliste para que la intervención
de los bomberos voluntarios se ajuste a lo establecido en el artículo 38.4 de
la Ley de Protección Ciudadana de Castilla y León.
Que en adelante todas las intervenciones de ese
personal voluntario se realicen bajo la dirección, organización y control del
servicio provincial de prevención y extinción de incendios, elaborando o ajustando
en atención a esta nueva situación los protocolos de intervención que tengan
establecidos.
Que (se) verifique, tanto en la suscripción de
convenio, como en la concesión de ayudas públicas, que se trata de entidades
de voluntariado (las Tierras de Aliste y los Bomberos de Toro) reconocidas -artículos 14 y siguiente de la
Ley 8/2006 de 10 de Octubre de Voluntariado de Castilla y león”.
En todo
caso que la Diputación asuma las competencias que no puedan ofrecer por si mismos,
ni el Ayuntamiento de Toro, ni la Mancomunidad Tierra de Aliste, a fin de poder
adecuarlas a la normativa, de acuerdo con
la recientemente aprobada Ley de Racionalidad y Sostenibilidad de la
Administración Local.
|
RAZON DE LA PROPUESTA
1.- Se trata de acatar una recomendación de una
institución legal y solvente que forma parte del Organigrama de la Junta de Castilla y León.
2.- Además lo único que pide este señor es que se
cumplan las Leyes del territorio en el que está enclavada la Diputación de
Zamora.
3.- La competencia por Ley sobre el servicio de
prevención y extinción de incendios “recae en las Diputaciones en el caso de municipios
de menos de 20.000 habitantes, según el Consejo Consultivo de Castilla y León.
4.- Las normas de la Junta para Protección Ciudadana
establecen dos tipos de servicio: ESENCIALES y complementarios.
5.- La extinción de incendios, es, lógicamente un
servicio esencial, y como dice la ley autónoma deben ser prestados, por tanto, por
una Administración.
6.- En consecuencia debe ser garantizado el servicio
por profesionales como dice el artículo citado en la Moción.
7.- Incluso queda claro que si puede haber voluntarios,
pero “bajo la dependencia funcional de la autoridad correspondiente y su
actuación se configura como refuerzo o colaboración de los servicios públicos
integrados por profesionales y /o funcionarios exclusivamente, tal y como se prevé
en esta norma para Castilla y León”, como reza el Procurador del Común.
8.- Respecto a que se verifique si esas agrupaciones
de voluntarios de (Bomberos de Tierra de Aliste y Toro) están oficialmente
reconocidas como para poder recibir subvenciones, ayudas, etc. es elemental
verificarlo.
9.- Y por último, según la conocida como Ley Montoro,
tan querida por el PP y en particular por el Presidente Sr. Maillo, sea caro o
no el servicio de extinción de incendios, le compete a la Diputación garantizar
este servicio de Prevención y Extinción de Incendios en toda la provincia, salvo
en la capital, y sobre todo si los municipios no pueden hacer se cargo de estas
competencias con bomberos profesionales
por superar su coste el poder de sus economías.
10.- No quería competencias para las Diputaciones,
pues aquí tiene unas a las que le obliga
la Ley.
11.-Una administración una competencia, decía su
eslogan, pues recuérdese que la competencia de prevenir y apagar incendios es
de la Diputación.
12.- Ningún municipio se quedaría sin bomberos; los
bomberos profesionales de la Diputación
serían los suficientes para dar un buen servicio en todo el territorio, cargando
con el coste la Diputación.
Zamora
2 de Enero del 2014
No hay comentarios:
Publicar un comentario