domingo, 1 de enero de 2012

Mal empieza el año para el Alcalde de Moraleja del Vino-Zamora-

 

SOBRE EL AYUNTAMIENTO DE MORALEJA DEL VINO EN ZAMORA

El año 2012 puede ser para el Alcalde Moraleja –PP_-el de su licenciatura como cacique o el que le eduque en democracia.

EL TRIBUNAL DE CUENTAS SIGUE DANDO PASOS PARA ESCLARECER SU CONDUCTA.

En efecto, según escrito recibido por el Diputado Provincial de IU -que fue quien formuló la denuncia ante dicho Tribunal- éste ha dado los siguientes pasos:

1º.-Ha admitido el asunto a trámite

(El asunto tiene que ver con las cantidades que percibieron el Alcalde y los concejales que componían la Junta de Gobierno durante el mandato 2007-2011- por dos conceptos incompatibles entre sí - cobraron por un contrato que les hizo el Ayuntamiento y también por asistir a reuniones, lo cual es un acto ilegal o en su defecto “nulo de pleno derecho”-; razón por la cual el Grupo Municipal de IU propuso que devolvieran el dinero cobrado incorrectamente y no han hecho ni caso

También ha sido denunciado por no tener libro de Decretos y Resoluciones como exige la ley sobre todo para el control de facturas).

2º.-El Tribunal de Cuentas con este escrito que comentamos da por zanjada su relación con el Diputado de IU ya que por ser “mero denunciante” (IU no se ha personado en el asunto) no puede estar informado del resto de los pasos que se darán.

3º.-El Tribunal de Cuentas va ahora a oír -según informa en su notificación- la opinión del Ministerio Fiscal y al representante legal de Ayuntamiento de Moraleja del Vino para ver si procede nombrar un Delegado Instructor para el desarrollo de las actuaciones previstas en el artículo 47.1 de al Ley 7/1988 de 5 de Abril de funcionamiento del Tribunal de Cuentas. (Se adjunta anexo 2 con el citado artículo)

NOTA. Recordamos que a su vez el portavoz del Grupo Municipal de IU ha presentado en el Juzgado correspondiente de Zamora, denuncia contra la conducta irregular del Alcalde al no permitirle ver documentación oficial.

NOTA2: Se adjunta ANEXO 1 con las cantidades percibidas ilegalmente



ANEXO I

REALACIÓN DE CANTIDADES QUE ENTENDEMOS DEBEN DEVOLVER- corresponden a lo percibido por ASISTENCIAS en el mandato 2007-2011, salvo error.



Nombre
Año 2007
Año 2008
Año 2009
Año 2010
Totales por persona

Guillermo Freire Rodríguez
270 €
450 €
405 €
450 €
1.575 €

Anibal Granados Martín
270
360
450
450
1.530 €

J. Daniel Ovides Cordero
270
405
495
405
1.575 €

Eva María Calvo Pacho
270
450
495
450
1.665 €

Bernardo Luelmo López
270
405
450
360
1.485 €

Luis Angel Merchán
270
450
495
315
1.530 €
Totales por años
1.620 €
2.520 €
2.790 €
2.430
Total a recuperar por el erario público 9.360 €



ANEXO 2


1. Hecho el nombramiento de Delegado instructor en los términos establecidos en la Ley Orgánica 2/1982, procederá éste a la práctica de las siguientes actuaciones:

a.     Nombramiento de Secretario que autorice y lleve a efecto cuantos proveídos y diligencias se pronuncien o se practiquen en el procedimiento.

b.     Reclamación de las diligencias preventivas del alcance que se hayan instruido por el jefe del centro o dependencia donde haya ocurrido la falta, o por el alcanzado en su caso.

c.     Práctica de las diligencias oportunas en averiguación del hecho y de los presuntos responsables o sus causahabientes, a no ser que se considerasen suficientes las practicadas con anterioridad.

d.     Pase del tanto de culpa a los Tribunales ordinarios, si hubiese indicios de responsabilidad criminal, salvo que conste haberse hecho en las diligencias preventivas.

e.     Liquidación provisional del alcance, previa citación de los presuntos responsables, Ministerio Fiscal, Letrado del Estado o, en su caso, legal representación de la entidad perjudicada, con mención expresa de la clase de valores, efectos o caudales públicos que pudieran haber sufrido menoscabo.

f.      Requerimiento de los presuntos responsables para que depositen o afiancen, en cualquiera de las formas legalmente admitidas, el importe provisional del alcance, más el cálculo, también provisional, de los intereses que pudieran resultar procedentes, bajo apercibimiento de embargo.

g.     Embargo de los bienes de los presuntos responsables a no ser que tuviesen afianzada, o afianzaren, en forma legal, sus posibles responsabilidades en los términos establecidos en el Reglamento General de Recaudación.







Paco Molina-Diputado Provincial de Zamora por IZQUIERDA UNIDA.

Fecha:  1   de   Enero     del  2012   

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