ESTAMOS DEL ALCALDE DE MORALEJA
HASTA LA CEJA.
No respeta nada. Ni la Ley, ni al
Procurador del Común
En efecto:
1.- Sobre el cambio del Día de los Plenos.
Tras fijar un día concreto en su
periodicidad como Dios manda al comienzo del mandato, va a mitad del mismo y
modifica la norma creando indefinición y ambigüedad, con lo que los concejales
no pueden distribuir sus jornadas de trabajo en función de un calendario que
les permita garantizar su asistencia a las reuniones del órgano citado.
2.- Pues bien, el Procurador del Común
le dice que se atenga a la Ley, y nada…
3.- Sobre el derecho de los concejales
al acceso a la información.
Tras perder un juicio contra el Portavoz
de IU, por esta obstinación suya en no cumplir la normativa, ahora se la deja
ver pero…. le cita para ver la documentación para uno, dos o tres meses después
y a un día y a una hora concreta.
Tampoco facilita la consulta de los asuntos
de pleno
4.- Todo esto con ánimo de dificultar
la tarea de la oposición.
5.- Pues bien, de nuevo el Procurador
del Común lo pone al orden, y le da lo mismo.
6.-Ver ANEXO con la nota de IU-Moraleja
del Vino.
7.- Pero venceremos…….ya lo verán
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ANEXO
EL PROCURADOR DEL COMUN
VUELVE A DAR UN TIRON DE OREJAS AL ALCALDE DE MORALEJA
Después de haber presentado
una queja ante la subdelegación del gobierno y ante el Procurador del común,
por haber incumplido el acuerdo de pleno
de 30 de Junio de 2011, que establece la periodicidad de las sesiones y fija
como día del mismo pleno, el primer jueves de cada trimestre y si fuese festivo
o inhábil, el siguiente. En el pleno donde se vota el cambio de fechas de los
plenos, se acuerda que el pleno sea dentro de los primeros quince días del
trimestre a establecer día y hora por el Alcalde, con el voto en contra de IU.
Por ello el Procurador emite la
siguiente resolución:
-Que en lo sucesivo, deberá convocar y celebrar las sesiones ordinarias
del Pleno que preside con la periodicidad
y en las fechas predeterminadas en el acuerdo que establece su régimen
de funcionamiento, sin perjuicio de la posibilidad de su modificación por otro
acuerdo plenario posterior que respete los mínimos legales exigidos..
Y en relación con el acceso a
la documentación emite la resolución siguiente.
-Que deberá adoptar las medidas precisas para asegurar
que la consulta de los expedientes de los asuntos incluidos en el orden del día
de las sesiones del Pleno se hallen a disposición de los concejales desde el
momento de la convocatoria, pudiendo tener acceso a ellos sin interrupción
dentro del horario de secretaria.
IU-MORALEJA DEL VINO
Paco Molina-Diputado Provincial de
Zamora por IZQUIERDA UNIDA.
Fecha: 15 de Septiembre
del 2013
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