domingo, 15 de septiembre de 2013

Hasta la ceja del de Moraleja


 
 
ESTAMOS DEL ALCALDE DE MORALEJA HASTA LA CEJA.
 
No respeta nada. Ni la Ley, ni al Procurador del Común
 
 En efecto:
 
1.- Sobre el cambio del Día de los Plenos.
 
Tras fijar un día concreto en su periodicidad como Dios manda al comienzo del mandato, va a mitad del mismo y modifica la norma creando indefinición y ambigüedad, con lo que los concejales no pueden distribuir sus jornadas de trabajo en función de un calendario que les permita garantizar su asistencia a las reuniones del órgano citado.
 
2.- Pues bien, el Procurador del Común le dice que se atenga a la Ley, y nada…
 
3.- Sobre el derecho de los concejales al acceso a la información.
 
Tras perder un juicio contra el Portavoz de IU, por esta obstinación suya en no cumplir la normativa, ahora se la deja ver pero…. le cita para ver la documentación para uno, dos o tres meses después y a un día y a una hora concreta.
 
Tampoco facilita la consulta de los asuntos de pleno
 
4.- Todo esto con ánimo de dificultar la tarea de la oposición.
 
5.- Pues bien, de nuevo el Procurador del Común lo pone al orden, y le da lo mismo.
 
6.-Ver ANEXO con la nota de IU-Moraleja del Vino.
 
7.- Pero venceremos…….ya lo verán
 
 

ANEXO

 

EL PROCURADOR DEL COMUN VUELVE A DAR UN TIRON DE OREJAS AL ALCALDE DE MORALEJA

 

Después de haber presentado una queja ante la subdelegación del gobierno y ante el Procurador del común, por haber  incumplido el acuerdo de pleno de 30 de Junio de 2011, que establece la periodicidad de las sesiones y fija como día del mismo pleno, el primer jueves de cada trimestre y si fuese festivo o inhábil, el siguiente. En el pleno donde se vota el cambio de fechas de los plenos, se acuerda que el pleno sea dentro de los primeros quince días del trimestre a establecer día y hora por el Alcalde, con el voto en contra de IU. Por ello el Procurador  emite la siguiente resolución:

 

-Que en lo sucesivo, deberá convocar y celebrar las sesiones ordinarias del Pleno que preside con la periodicidad  y en las fechas predeterminadas en el acuerdo que establece su régimen de funcionamiento, sin perjuicio de la posibilidad de su modificación por otro acuerdo plenario posterior que respete los mínimos legales exigidos..

 

Y en relación con el acceso a la documentación emite la resolución siguiente.

 

-Que deberá adoptar las medidas precisas para asegurar que la consulta de los expedientes de los asuntos incluidos en el orden del día de las sesiones del Pleno se hallen a disposición de los concejales desde el momento de la convocatoria, pudiendo tener acceso a ellos sin interrupción dentro del horario de secretaria.

 

IU-MORALEJA DEL VINO

 

Paco Molina-Diputado Provincial de Zamora por IZQUIERDA UNIDA.

Fecha: 15 de  Septiembre   del  2013  

 

 

 

 

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