sábado, 4 de abril de 2026

REDUCCIÓN DE DIETAS

 

 

Para el año 2009, la cuantía será las que se fijen para el Estado:

1.- MANUTENCION

MEDIA DIETA: según importes máximos por grupo

- Cursos en que por la duración del mismo deba almorzarse en la localidad donde se imparte

(distinta de la residencia oficial)(art. 7.1)

- En comisiones de servicios de un día debe tener una duración mínima de 5 horas y se inicie

antes de las 14 horas y finalice después de las 16 horas (art. 12.1)

- En comisión de servicios más de dos días naturales: el día inicial se percibirá la media dieta si

la comisión empieza antes de las 22 horas. (art. 12.3)

- En comisión de servicios más de dos días naturales: el día de regreso si la comisión termina

después de las 14 horas (art. 12.3)

DIETA COMPLETA: según importes máximos por grupo

- Cursos en que debe pernoctarse fuera de la residencia oficial (ART. 7.1)

- Comisión de servicios más de dos días naturales: el día inicial se percibirá la media dieta si la

comisión empieza antes de las 14 horas

- En comisión de servicios más de dos días naturales: el día de regreso si la comisión termina

después de las 22 horas, aportando la correspondiente factura justificativa (art. 12.4)

 

 

GRUPOS

 

DIETA                 MEDIA

GRUPO 1

ALTOS CARGOS

53,34                   26,67

GRUPO 2

GRUPOS A Y B

37,40                   18,70

GRUPO 3

GRUPOS C, D Y E

28,21                    14,11

 

 

 

 

GASTOS DE VIAJE (art. 18)

- Lineas regulares: el importe del pasaje según importes máximos por grupo, previa justificación

documental

 

GRUPOS

 

MEDIOS DE TRANSPORTE

GRUPO1

ALTOS CARGOS

AVION CLASE TURISTA, TREN CLASE PREFERENTE

GRUPO 2

GRUPO A Y B

AVION CLASE TURISTA, TREN ALTA VELOCIDAD TURISTA,

NORMAL PREFERENTE

GRUPO 3

GRUPO C, D Y E

AVION CLASE TURISTA, TREN ALTA VELOCIDAD TURISTA,

NORMAL TURISTA

 

- Vehículo particular, 0,19€/Km

- Gastos de peaje, previa justificación documental

- Gastos de taxis desde estación de transporte publico hasta lugar de la comisión, o si es de

duración inferior a un día gastos de aparcamiento en esas estaciones, previa justificación documental

 

 

GASTOS DE ALOJAMIENTO:

- En comisiones de duración a más de un día natural, previa justificación documental, y según importes máximos por grupo

 

 

GRUPOS

 

ALOJAMIENTO

GRUPOS 1

ALTOS CARGOS

102,56

GRUPOS 2

GRUPOS A Y B

65,97

GRUPOS 3

GRUPOS C, D Y E

48,92

 

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario