sábado, 4 de abril de 2026

SPBRE LA DISTRIBUCIÓN EN PUBLICIDAD

 

                                                                                         PRESIDENTE

                                                                          DE LA

                                                         DIPUTACIÓN DE ZAMORA

 

FRANCISCO MOLINA MARTINEZ,  Diputado de esa en representación de IZQUIERDA UNIDA-LV y en referencia al próximo Pleno presenta la siguiente

 

                    MOCIÓN DE URGENCIA

 

 

 El Pleno de la Diputación de Zamora ACUERDA que los criterios que se apliquen para la distribución de la publicidad que emita esta casa se ajuste a LA LEY DE PUBLICIDAD INSTITUCIONAL aprobada por el Parlamento de Castilla y León el 29 de mayo de 2009.

 

 

RAZÓN DE LA PROPUESTA

 

1.- Su ámbito de aplicación son “las entidades locales de la Comunidad de Castilla y León, así como las

entidades dependientes de ellas”; es decir, es de obligado cumplimiento para la Diputación de Zamora.

 

2.- Es la primera obligación de cualquier cargo público, como se juró o prometió en la toma de posesión, cumplir o hacer cumplir las leyes, y de lo que hablamos en esta propuesta es de cumplir una ley

 

3.-El gasto en publicidad de la Diputación de Zamora y entes financiados por ella, es escandalosa ( Se adjunta  un anexo con los gastos y distribución de estos en distintos medios de comunicación, producidos desde que comenzó el mandato, aún a sabiendas de que faltan los gatos en publicidad del Patronato de Turismo, de IFEZA, de SODEZA y los producidos en torno a actos concretos y por otra vía pero saliendo de la misma caja.  

 

4.-La Ley- tan lógica que hasta el PP la ha visto sensata y necesaria- obliga a establecer objetivos como son:

 

* Que reglamentariamente se establezcan criterios para la contratación de la publicidad,

como son datos de difusión, audiencia, características del medio de comunicación, etc, que se concretarán

en el Pliego de Condiciones para cada caso.

 

* Que no podrán llevarse a cabo actuaciones de publicidad institucional que tengan como

finalidad destacar los logros o los objetivos alcanzados por los gobiernos de turno.

.

*No podrá realizarse publicidad institucional en periodos electorales.

 

*Etc

 

5.-Los Equipos de Gobierno del PP han venido utilizando ese dinero de forma absolutamente arbitraria, como si tratara de derramas de dinero a distribuir según los caprichos de un emperador.


6.-Se trata en definitiva de acreditar con la Ley una política mediática justa, en aras de evitar abusos y proteger en última instancia el derecho a la información de los ciudadanos

                                                                                                         

Zamora  17 de Agosto del 2009

 

 

                                                           FRANCISCO MOLINA MARTÍNEZ

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