miércoles, 1 de abril de 2026

SOBRE EL PERSONAL DE CONFIANZA

 

                                               

 

 

 

 

                                                                PRESIDENTE

                                               DE   LA   DIPUTACIÓN DE ZAMORA

 

 

 

FRANCISCO MOLINA MARTÍNEZ Diputado Provincial en representación de IZQUIERDA UNIDA-LV, hace la siguiente petición

 

Que se encargue un informe al servicio técnico que corresponda sobre los siguientes extremos  relativos al REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR-RO-

 

En el artículo 21.1, epígrafe 3, en el apartado segundo, dice textualmente:

“Para aquellos grupos políticos que cuenten entre 1 y 5 diputados, un funcionario de empleo,.....” ( se está hablando del personal que facilitará la institución )

 

Dado que el grupo mixto- GM- cuenta con dos diputados ese es el caso, y según una ligera lectura- sin considerar, en nuestra opinión, el espíritu del texto-podría parecer que sólo podría proporcionársele al GM una persona como personal eventual

 

Sin embargo en el lenguaje presupuestario y administrativo de las instituciones públicas, los términos “funcionario de empleo, personal eventual y personal de confianza” son sinónimos, es decir, significan lo mismo

 

Por tanto lo que pretende el RO de la Diputación de Zamora es que cada Grupo Político cuente, en mayor o menor número, con personal de su entera confianza, y esa es la idea suprema del RO en ese artículo, el indicar cómo se reparte el Personal de Confianza

 

En consecuencia el informe que solicito debe aclarar lo siguiente:

Si lo que hace el reglamento es reconocer a todos los grupos el derecho a disponer de personal de confianza, ¿cómo se puede respetar el RO dotándole con una sola persona al GM? ¿puede una sola persona ser de confianza para dos grupos distintos y por tanto antagónicos, como ADEIZA-UPZ e Izquierda Unida –LV?  ¿Acaso no se vulnera gravemente el RO cuando se propone que la persona de confianza alterne en el tiempo, siendo una en un periodo y otra en otra, con lo cual NUNCA cuenta el GM en conjunto con personal de confianza?¿No hay una contradicción en los términos, que aconseja se opte porque ese “funcionario de empleo”-es decir de confianza-se desglose en dos personas a media jornada para que así durante todo el tiempo y todos los días, los integrantes del GM disfruten de las ventajas que el RO da a los demás diputados, contar en la institución con personal de confianza, ventaja de la que se priva a los diputados del GM ?

 

                                    Agradeciendo su interés, reciba sin más un saludo

                                                                                   Zamora- 25 de Julio del 2007

 

                                                           FRANCISCO   MOLINA

      

 

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