ALCALDE
DEL
AYUNTAMIENTO DE GALENDE
Estimado
Señor:
Como
recordará, porque usted también fue Diputado Provincial como yo lo soy en la
actualidad, a la hora de aceptar el cargo prometimos (creo recordar que incluso
usted <juró>) CUMPLIR Y HACER CUMPLIR LAS LEYES.
Luego
como verá no me mueve otro afán.
El
problema es que no queda otro remedio que volver a la carga con el caso de “la
hija enchufada del Diputado Prada”.
Caso
que usted conoce de sobra pero que se lo recuerdo en el ANEXO adjunto (anexo
que por cierto estoy enviando a todas las instituciones y organismos para que
se haga justicia).
Esta
vez lo que le pido es que reclame para su Ayuntamiento, y por tanto para su
pueblo y ciudadanos, un dinero que es de ustedes y me sorprende no hayan
demandado.
Según
los artículos correspondientes: el 20 del RD 598/1985 de 30 de Abril y el 10 de la Ley 53/ 1984 cuando alguien tiene un
puesto en la administración pública y va a ocupar otro también de carácter
público que es incompatible, deben dar dos pasos:
Uno:
que puesto que los puestos son incompatibles, opte por uno de ellos.
Dos:
que si por alguna circunstancia cobró de los dos puestos a la vez, se le
reclame el dinero percibido anómalamente desde el puesto que rechazó, y que si
no rechazó ninguno se entienda que debe devolver el dinero recibido desde el
SEGUNDO puesto, entendiendo por <segundo> el peor pagado de los dos.
Y
dice además la normativa que esa devolución de lo percibido indebidamente, debe
hacerse con independencia de la
responsabilidad disciplinaria en que se hubiera podido incurrir.
Es
decir, aunque la hija de su amigo el diputado Prada fuera inocente y no hubiera
roto un plato, lo cierto es que debe devolver el dinero que percibió durante más
de 5 años ilegalmente del Ayuntamiento de Galende.
Pero
es que encima usted mismo ha dicho que en efecto la susodicha cometió <una
falta muy grave>, y como consecuencia la “castigó” a no poder ser <personal
laboral> en dos años (de los que ya lleva uno).
{Le
pongo lo de “castigo” entre comillas porque como usted muy bien sabe eso no es
ningún <castigo>, ya que ella sigue en el Ayuntamiento de su padre como
Secretaria en calidad de funcionaria, cuestión por la cual, gracias a una hábil
tomadura de pelo a la sociedad, hasta ahora no ha tenido ningún castigo}.
En
definitiva, usted Sr. Villasante, el Diputado Prada y la enchufada, han estado
incumpliendo la ley durante años (.5), y cuando se supo todo, han urdido un
castigo que no lo es y han actuado <olvidando> de que hay que pedirle a
la <beneficiada> el dinero cobrado indebidamente.
Por
tanto lo que le inquiero es que le exija a MCPP, que fue administrativa en su
ayuntamiento siendo usted Alcalde, todo lo que percibió mientras ocupó a la vez
el puesto de Secretaria en la agrupación de municipios de Rosinos de la
Requejada y Palacios de Sanabria, y que si no lo hace se atenga a las consecuencias
legales que puedan afectarle.
Asimismo
agradecería me informara sobre la persona que llevó el expediente
disciplinario contra MCPP, en el sentido de si tenía la titulación y los
conocimientos adecuados para hacerlo, ya que lo primero que hubo de detectar es
que debía devolver el dinero cobrado en Galende por MCPP, y lo segundo porque
debería haber propuesto que fuera inhabilitada por dos años <como empleado público> y no exclusivamente
como personal laboral, lo cual no era castigo como ya vimos.
Y
para acabar le solicito me indique si ha comunicado a algún organismo superior
la sanción, y en caso afirmativo me diga a cual o cuales.
Sin
más reciba mis saludos, quedando a la espera de sus respuestas y que así juntos
cumplamos con lo que prometimos CUMPLIR Y HACER CUMPLIR LAS LEYES.
Zamora-23-Junio
del 2014
FRANCISCO MOLINA MARTÍNEZ
-Diputado Provincial de Zamora por Izquierda Unida-
ESQUEMA
DEL CASO DE LA HIJA DEL DIPUTADO y ALCALDE DE GALENDE.
Años
2005 Esta trabaja en el Ayuntamiento de Galende
como Administrativa.
MCPP es
administrativa en el Ayuntamiento de Galende como Personal Laboral
|
Pasado un tiempo le sale un trabajo
como Secretaria Interina en la Agrupación de Municipios de Rosinos de la
Requejada y Palacios de Sanabria.
El Alcalde de Rosinos es su padre
(Diputado Don Ángel Prada).
En esa toma de posesión la
interfecta debió de indicar (y los alcaldes preguntárselo) si desempeñaba algún puesto en el sector público
y si era compatible con el que iba a
ocupar.
Como
este trámite no se hizo o se hizo mal, ahora el fiscal jefe de Zamora ha visto
en ello un delito de prevaricación administrativa en el Alcalde de Rosinos,
agravado por la relación de parentesco padre/hija.
Pero otra cosa que no se hizo fue
decirle a la enchufada que debería dejar el puesto de Galende y que si durante
esa gestión de renuncia, por dilatarse, hubiera cobrado allí algo, al tiempo
que en el nuevo destino, debía devolver ese dinero.
Pero
no se hace nada de eso y durante más de 5 años está trabajando en los dos
sitios y cobrando en los dos sitios (incluso cobrando un plus de productividad
como secretaria por su especial dedicación-sic-).
Durante más de 5 años
MCPP trabaja como administrativa en Gqlende como Personal Laboral
|
Durante más de 5 años
MCPP trabaja al mismo tiempo como Secretaria en Rosinos y Palacios como
funcionaria interina
|
En Octubre del año 2011 IZQUIERDA UNIDA denuncia la
ilegalidad en la Diputación, y enterado su padre, ella deja corriendo el
trabajo de Galende.
Con lo cual a partir de esas
fechas está en la siguiente situacióni:
MCPP trabaja de
Secretaria de Rosinos y Palacios como funcionaria interina.
|
A todo esto un particular denuncia
la conducta anterior y en Rosinos deciden que el expediente disciplinario que
hay que hacerle lo haga Galende “porque allí había estado más tiempo” (Estamos ante el primer paso de una presunta
trampa a favor de la enchufada).
El
expediente disciplinarios lo hace el Ayuntamiento de Galende y el funcionario
declara la falta como muy grave (si bien le acepta muchos eximentes
como la expedientada decía “que no
sabía”, “que se arrepiente”, etc) (téngase también en cuenta que el instructor
depende al 100% del Alcalde de Galende Sr, Villasante por problemas de
titulación).
En Julio del 2013 el Alcalde de
Galende (cónsentidor a todas luces de los cinco años de ilegalidad) condena a
MCPP a que durante 2 años no pueda ser Personal Laboral .
(Estamos ante el segundo paso de una nueva presunta trampa a favor de la
enchufada)
Es
decir la castiga a que no sea lo que ya no es (ver esquema anterior donde se
observa que ella sólo es ”funcionaria” -no personal laboral- en el Ayuntamiento
de su padre).
Estamos
pues ante un falso castigo. Algo así como si a mi me castigan a no subir en dos
años al Kilimanjaro.
Entonces
lo que a cualquier ciudadano asombra es:
1.-¿Cómo
es posible que a quien no ha respetado la ley, ocupando dos puesto
incompatibles, el castigo sólo le afecte a uno, y encima al que ella quiere y
no le perjudica?’’ ,
2.-¿Cómo
es posible que si aun haciéndolo todo legal dice la normativa que “si se percibieran haberes con posterioridad al plazo de opción
(elección de uno de los dos puestos de trabajo) sin haberla ejercitado
procederá al reintegro de los mismos, con independencia de la responsabilidad
disciplinaria en que hubiere podido incurrir” y en este caso en que hubo “falta muy grave”
no se le pida que devuelva el dinero?
No hay comentarios:
Publicar un comentario