miércoles, 25 de junio de 2014

Que Dios envie al infierno al Delegado de la Junta


                                                                       DELEGADO TERRITORIAL

 

                                                                                         DE LA

                                                 JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

                                                                        EN

                                                                    ZAMORA

 

Estimado Señor:

 

Me dirijo a usted para ver si no es cierto que la Autonomía de Castilla y León es una región sin ley (o con unas leyes que si no se cumplen no les pasa nada a los infractores, siempre que eso si, sean del Partido Popular).

 

Por favor, no se siente usted ofendido, puede dar un revolcón a lo dicho simplemente actuando como le voy a pedir en calidad de cargo público que prometió (usted jurÓ) cumplir y HACER CUMPLIR LAS LEYES.

 

Se trata del asunto de la Hija Enchufada del Diputado Provincial Sr. Parda, cuyo caso en detalle puede estudiar en el ANEXO que le adjunto.

 

Y el auxilio que de usted demando es el siguiente:

 

*¿Es cierto, como dice la ley, que quien desempeña simultáneamente dos puestos de trabajo incompatibles, debe devolver el dinero cobrado desde uno de ellos, al  margen de las sanciones disciplinarias que le pudieran caer como castigo?

 

*Entonces por qué ningún organismo de la Junta, ni la Dirección General de Administración Territorial, ni la Delegación que usted preside, ni ningún otro ente ha reclamado ese dinero o dado orden de que se reclame? (hablamos de más de 50.000 €).

 

*Si quien debe reclamarlo es el Ayuntamiento de Galende, ¿por qué no se le insta desde la Junta al Alcalde del mismo, Don Jesús Villasante (al que usted acusa de haber hecho el pliego amañado que llevaba escrito nada menos que el nombre de la empresa enchufada, en el tema del Barco del Lago) a que así lo haga? ¿O le tiene miedo por si cuenta todo lo que sabe de ese y otros asuntos?.

 

*Un expediente disciplinario acabó dictaminando que MCPP cometió una falta <muy grave> y ello desembocó en una sanción de 2 años sin poder ejercer como personal laboral en las administraciones públicas. Siendo muy generosos en la interpretación (por no decir que estamos ante una burla más del Sr, Villasante contra los ciudadanos que pagan sus impuestos) podemos creer que eso se debe a que la impostora fue personal laboral en aquella institución, pero aún así y por extensión, cabe colegir que en el Ayuntamiento de su padre, donde es secretaria y por tanto funcionaria, debe recibir el mismo castigo (dos años de suspensión de empleo y sueldo). Pero entonces, dado que es la Junta de Castila y León quien la nombró funcionaria ¿Por qué no actúa la Junta? ¿Porque es gente del PP la afectada? ¿O porque la ley –hecha por el PP- permite que existan castigos que no son un castigo, puesto que decir a quien no es personal laboral que no lo sea en dos años es como decirle a usted que se le castiga a no ir al Polo Norte en 4.?

 

En definitiva, Sr. Castro, en la provincia que usted administra en nombre de la Junta ha ocurrido un hecho muy grave que se agrava porque no se le pide el dinero cobrado indebidamente al infractor y además, no se le castiga a nada que le duela, moleste o disuada de reincidir.

 

Y por tanto usted debe actuar inquiriendo a los órganos competentes de  la administración que representa para que, o bien, confirme que todo es correcto, legal y está bien hecho, o que se le castigue como pretende la ley, con una pena de dos años sin poder trabajar ni con contratos laborales ni con  nombramientos de funcionaria, amén de tener que devolver el dinero que cobró indebidamente.

 

Hace poco la Junta, liderada por usted, trató de desahuciar a un minusválido, y ahora trata de ver si puede embargar al padre del mismo, por 7.000 , ¿Por qué no actúa la Junta y usted, tan diligentemente y con tanto esmero en este caso, en el que encima se ventilan 50.000 € r y el derecho al enchufe o no, como derecho fundamental?

 

Discúlpeme si el tono de mi escrito es airado, pero no me cabe en la cabeza que  desde que estalló este caso, ninguno de ustedes (prebostes del PP) hayan salido en rueda de prensa a ridiculizarme diciendo que la normativa permite todos esto pasos que tan habilmente han dado, y que no tengo idea de nada.

 

Y al no caberme en la cabeza lo anterior, entro a sospechar que se trata de un amaño.

 

Si es así, atájelo, o que Dios le envíe a los infiernos por Jurar que iba a hacer cumplir las leyes y no hacerlo.

 

 

                                                                                  Zamora-25-Junio del 2014

 

 

                                   FRANCISCO MOLINA MARTÍNEZ

                     -Diputado Provincial de Zamora por IZQUIERDA UNIDA_

 

 ESQUEMA DEL CASO DE LA HIJA DEL DIPUTADO y ALCALDE DE GALENDE.

 

Años 2005  Esta trabaja en el Ayuntamiento de Galende como Administrativa.

MCPP es administrativa en el Ayuntamiento de Galende como Personal Laboral

 

Pasado un tiempo le sale un trabajo como Secretaria Interina en la Agrupación de Municipios de Rosinos de la Requejada y Palacios de Sanabria.

 

El Alcalde de Rosinos es su padre (Diputado Don Ángel Prada).

 

En esa toma de posesión la interfecta debió de indicar (y los alcaldes preguntárselo)  si desempeñaba algún puesto en el sector público y si era  compatible con el que iba a ocupar.

 

Como este trámite no se hizo o se hizo mal, ahora el fiscal jefe de Zamora ha visto en ello un delito de prevaricación administrativa en el Alcalde de Rosinos, agravado por la relación de parentesco padre/hija.

 

Pero otra cosa que no se hizo fue decirle a la enchufada que debería dejar el puesto de Galende y que si durante esa gestión de renuncia, por dilatarse, hubiera cobrado allí algo, al tiempo que en el nuevo destino, debía devolver ese dinero.

 

Pero no se hace nada de eso y durante más de 5 años está trabajando en los dos sitios y cobrando en los dos sitios (incluso cobrando un plus de productividad como secretaria por su especial dedicación-sic-).

 

Durante más de 5 años MCPP trabaja como administrativa en Gqlende como Personal Laboral
Durante más de 5 años MCPP trabaja al mismo tiempo como Secretaria en Rosinos y Palacios como funcionaria interina

 

En Octubre  del año 2011 IZQUIERDA UNIDA denuncia la ilegalidad en la Diputación, y enterado su padre, ella deja corriendo el trabajo de Galende.

 

Con lo cual a partir de esas fechas  está en la siguiente situacióni:

MCPP trabaja de Secretaria de Rosinos y Palacios como funcionaria interina.

 

A todo esto un particular denuncia la conducta anterior y en Rosinos deciden que el expediente disciplinario que hay que hacerle lo haga Galende “porque allí había estado más tiempo” (Estamos ante el primer paso de una presunta trampa a favor de la enchufada).

 

El expediente disciplinarios lo hace el Ayuntamiento de Galende y el funcionario declara la falta como muy grave (si bien le acepta muchos eximentes como la expedientada  decía “que no sabía”, “que se arrepiente”, etc) (téngase también en cuenta que el instructor depende al 100% del Alcalde de Galende Sr, Villasante por problemas de titulación).

 

En Julio del 2013 el Alcalde de Galende (cónsentidor a todas luces de los cinco años de ilegalidad) condena a MCPP a que durante 2 años no pueda ser Personal Laboral .

 

(Estamos ante el segundo paso de una nueva presunta trampa a favor de la enchufada)

 

Es decir la castiga a que no sea lo que ya no es (ver esquema anterior donde se observa que ella sólo es ”funcionaria” -no personal laboral- en el Ayuntamiento de su padre).

 

Estamos pues ante un falso castigo. Algo así como si a mi me castigan a no subir en dos años al Kilimanjaro.

 

Entonces lo que a cualquier ciudadano asombra es:

 

1.-¿Cómo es posible que a quien no ha respetado la ley, ocupando dos puesto incompatibles, el castigo sólo le afecte a uno, y encima al que ella quiere y no le perjudica?’’ ,

 

2.-¿Cómo es posible que si aun haciéndolo todo legal  dice la normativa que “si se percibieran haberes con posterioridad al plazo de opción (elección de uno de los dos puestos de trabajo) sin haberla ejercitado procederá al reintegro de los mismos, con independencia de la responsabilidad disciplinaria en que hubiere podido incurrir”  y en este caso en que hubo “falta muy grave” no se le pida que devuelva el dinero?

 

 

 

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